15. No basta un solo testigo para declarar a un hombre culpable de crimen o delito; cualquiera sea la índole del delito, la sentencia deberá fundarse en la declaración de dos o más testigos.





“É sempre necessário ir para a frente, nunca para trás, na vida espiritual. O barco que pára em vez de ir adiante é empurrado para trás pelo vento.” São Padre Pio de Pietrelcina