Exodo, 22
10. el depositario deberá jurar por el Señor que no ha puesto su mano sobre la propiedad ajena. El propietario aceptará el juramento, y aquel no estará obligado a indemnizar.
10. el depositario deberá jurar por el Señor que no ha puesto su mano sobre la propiedad ajena. El propietario aceptará el juramento, y aquel no estará obligado a indemnizar.
“Que Jesus o mergulhe no esplendor da Sua imortal juventude.” São Padre Pio de Pietrelcina