1. Si el ladrón, sorprendido en el acto de abrir brecha, es herido y muere, no habrá en ello delito de sangre;

2. pero si el sol había ya salido, sí lo habrá. El ladrón restituirá; y si no tiene con qué, será vendido para pagar lo robado.

3. Si se le encuentra vivo en casa lo robado, buey, asno o cordero, restituirá el doble.

4. Si uno deja pastar su ganado en el campo o en la viña de otro, resarcirá el daño con lo mejor de su campo o de su viña.

5. Si se propaga un incendio por la maleza y se queman mieses, las gavillas o el mismo campo, el que causó el fuego pagará lo quemado.

6. Si uno da a otro dinero o utensilios para que los guarde y éstos son robados de su casa, si se encuentra al ladrón, restituirá el doble.

7. Pero si no se lo encuentra, el dueño de la casa comparecerá ante Dios y jurará que no ha puesto la mano en las cosas de su prójimo.

8. En toda apropiación indebida, sea de buey, de asno, de oveja, de vestido o de cualquier cosa desaparecida, si alguien lo reclama como suyo, la causa de las dos partes se llevará ante Dios. Aquel a quien Dios condene, restituirá el doble a su prójimo.

9. Si uno da a otro en custodia un asno, un buey, una oveja o cualquier otro animal, y ese animal muere, se daña o es robado sin que nadie lo vea,

10. el juramento del Señor decidirá entre las dos partes; si no ha puesto la mano sobre los bienes de su prójimo, el dueño del animal aceptará el juramento y el otro no pagará nada.

11. Pero si el animal ha sido robado en su casa, se lo pagará a su dueño.

12. Si el animal hubiese sido despedazado, lo traerá para testimonio, pero no pagará nada por el animal despedazado.

13. Si uno pide prestado un animal de otro y se daña o muere en ausencia del dueño, deberá pagarlo.

14. Pero si su dueño está presente, no lo pagará. Si era alquilado, pagará el precio del alquiler.

15. Si uno seduce a una joven soltera y tiene con ella relación carnal, pagará su dote y la tomará por esposa.

16. Pero si su padre no quiere dársela, pagará en dinero la dote acostumbrada.

17. No dejarás con vida a la hechicera.

18. El reo de bestialidad será condenado a muerte.

19. El que ofrezca sacrificios a otros dioses, fuera del Señor, será condenado a muerte.

20. No explotarás ni oprimirás al extranjero, porque también vosotros fuisteis extranjeros en Egipto.

21. No maltratarás a la viuda ni al huérfano.

22. Si maltratas, él clamará a mí y yo escucharé su clamor;

23. mi ira se encenderá y os mataré a filo de espada; vuestras mujeres serán viudas y huérfanos vuestros hijos.

24. Si prestas dinero a alguno de mi pueblo, al pobre, vecino tuyo, no serás usurero con él, exigiéndole intereses.

25. Si tomas en prenda el manto de tu prójimo, se lo devolverás antes de la puesta del sol,

26. porque ése es su único abrigo con que cubre su cuerpo. Si no, ¿con qué va a dormir? Si recurre a mí, yo le escucharé, porque soy misericordioso.

27. No blasfemarás contra Dios ni maldecirás al jefe de tu pueblo.

28. No serás remiso en hacerme la ofrenda de tus mieses y tu vino. Me darás el primogénito de tus hijos.

29. Harás lo mismo con el primogénito de tus vacas y de tus ovejas. Siete días permanecerá con su madre, y al octavo me lo darás.

30. Vosotros seréis para mí un pueblo santo. No comeréis carne de animal despedazado en el campo; se la echaréis a los perros.





“Nunca se canse de rezar e de ensinar a rezar.” São Padre Pio de Pietrelcina